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Artículo 48 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Fija texto refundido del d.f.l. 213, de 1953, sobre ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041669 / 9282193.

Texto oficial

DFL. 213/53, Artículo 48.- El manifiesto será Art. 95. firmado por el conductor, o por la persona que tenga el mando del vehículo y por el DL. 1348/76, contador o por quien haga las Art. Unico. veces de tal. DFL 3-2345/79, Art. 2° letra a). Los agentes del vehículo no podrán DFL 3-2345/79, alegar falta de personería de los Art. 2° firmantes del manifiesto. letra a).