Saltar al contenido

Artículo 60 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Fija texto refundido del d.f.l. 213, de 1953, sobre ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041669 / 9282206.

Texto oficial

DFL 3-2345/79, Artículo 60.- Las mercancías deberán Art. 13°. ser entregadas a los recintos de depósito aduanero a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de su descarga.