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Artículo 65 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Fija texto refundido del d.f.l. 213, de 1953, sobre ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041669 / 9282211.

Texto oficial

DFL. 213/53, Artículo 65.- Los manifiestos y Guías Art. 112. podrán ser aclarados dentro del plazo que fijen los reglamentos, contados desde la fecha de DFL. 8/63, presentación a la Art. 3°. Aduana de los referidos documentos. Los errores no corregidos dentro del plazo a que se hace mención en el inciso anterior, causarán las sanciones establecidas en el artículo 180 de esta Ordenanza. Si el Administrador de la Aduana comprobare la DFL 213/53 existencia de excesos o Art 113, inc. 2° defectos de mercancías provenientes de un error, podrá DFL 8/63, ordenar que se modifique Art 3°. el Manifiesto o Guía en la forma que corresponda, sin DFL 3-2345/79, perjuicio de aplicar las Art 2°, sanciones del caso, o que se devuelva la letra a) mercancía al vehículo. En caso de que con posterioridad a la cancelación del DFL 213/53, Manifiesto o Guía Art 113, inc. 4° aparecieren bultos sin manifestar y sin entregar, el DFL 8/63, Administrador podrá Art 3°. autorizar que se declaren en documento adicional, para el solo efecto de su despacho, sin perjuicio de las sanciones que establece 83.