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Artículo 149 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Fija texto refundido del d.f.l. 213, de 1953, sobre ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041669 / 9282300.

Texto oficial

DFL 10-2345/79 Artículo 149.- El Director Nacional de Art. 6°. Aduanas dictará las normas para la confección del inventario a que alude el artículo 147. DFL 329/79, Dichas normas indicarán Art. 4° la forma en que se presentará dicho inventario y la información que debe contener. El almacenista responderá de la veracidad de la información suministrada.