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Artículo 195 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Fija texto refundido del d.f.l. 213, de 1953, sobre ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041669 / 9282354.

Texto oficial

DFL. 213/53, Artículo 195.- Los tribunales Art. 205. establecidos en esta Ordenanza conocerán con arreglo a las disposiciones de este Título, de las infracciones aduaneras, de las contiendas civiles en que la Aduana figure como demandante o demandada, y, además de los delitos cuyo conocimiento le encomienda expresamente la ley.