Texto oficial
DFL. 213/53,
Artículo 212.- La sentencia contendrá Art. 223.
la individualización de las partes, la
enunciación de las peticiones y defensas
formuladas, los fundamentos de hecho e
indicación de las disposiciones legales
con arreglo a los cuales se pronuncia
el fallo y la decisión del asunto
controvertido.