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Artículo 6 de la Ley S/N · Ferro-carriles

Ferro-carriles

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041750 / 9275633.

Texto oficial

ART. 6° Los juicios pendientes no impedirán el procedimiento sumario establecido por la presente lei.