Texto oficial
Artículo 15.- Modificaciones al Estatuto
Administrativo. Introdúcense las siguientes modificaciones
en el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2005, del
Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre
Estatuto Administrativo:
1) En el artículo 84, reemplázase la letra l) que se
ordenó incorporar a dicho precepto por la ley Nº 20.005,
por la siguiente:
"l) Realizar cualquier acto atentatorio a la dignidad
de los demás funcionarios. Se considerará como una acción
de este tipo el acoso sexual, entendido según los términos
del artículo 2º, inciso segundo, del Código del Trabajo,
y la discriminación arbitraria, según la define el
artículo 2º de la ley que establece medidas contra la
discriminación.".
2) Reemplázase la letra b) del artículo 125 por la
siguiente:
"b) Infringir las disposiciones de las letras i), j),
k) y l) del artículo 84 de este Estatuto;".