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Artículo 10 del Decreto Con Fuerza de Ley 31

Decreto con fuerza de ley n.o 31

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1042122 / 9284935.

Texto oficial

Art. 10. Al servicio de reclutamiento corresponde, en general, lo concerniente a: a) La estadística y distribución del personal para 1a nación en armas ; b) La estadística de las reservas y elementos utilizables en caso de guerra; c) La acción cooperadora de la movilización.