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Artículo 68 del Decreto Con Fuerza de Ley 31

Decreto con fuerza de ley n.o 31

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1042122 / 9285000.

Texto oficial

Art. 68. Los empleos de suboficiales y cabo de reserva, son los mismos del cuadro permanente y a ellos podrán pertenecen hasta los cincuenta años de edad los de la categoría de armas y hasta los cincuenta y cinco los de los servicios.