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Artículo 67 del Decreto Con Fuerza de Ley 31

Decreto con fuerza de ley n.o 31

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1042122 / 9284999.

Texto oficial

Art. 67. Los suboficiales y cabos de reserva podrán ser llamados a sesiones de instrucción en la forma establecida por el artículo 63.