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Artículo 72 del Decreto Con Fuerza de Ley 31

Decreto con fuerza de ley n.o 31

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1042122 / 9285005.

Texto oficial

Art. 72. Los oficiales de reserva en servicio activo tienen los deberes, rango y prerrogativas que las leyes y reglamentos militares consultan, para los oficiales del Ejército permanente.