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Artículo 105 del Decreto Con Fuerza de Ley 31

Decreto con fuerza de ley n.o 31

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1042122 / 9285042.

Texto oficial

Art, 105. Los contratos militares deberán llevar una estampilla de reclutamiento, conforme a la escala establecida en el artículo 134. El valor de esta estampilla se descontará del primer sueldo del contratado.