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Artículo 10 del Decreto 170

Reglamento para el otorgamiento de licencias de conductor

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10426 / 7140188.

Texto oficial

Artículo 10°.- Las normas de aprobación para el examen práctico de conducción serán las siguientes: Clase de Licencia Nº mínimo de maniobras correctas A1 otorgada antes del 8 de marzo de 1997 25 de 30 A2 otorgada antes del 8 de marzo de 1997 24 de 30 Clase de Licencia Profesional Nº mínimo de maniobras correctas A1 28 de 30 A2 28 de 30 A3 28 de 30 A4 28 de 30 A5 28 de 30 Para la licencia de conductor Clase D y E se deben evaluar las conductas del postulante referidas a su comportamiento como conductor y su conocimiento de las normas generales de conducción. En todo caso, para aprobar este examen no podrá tenerse más de dos maniobras incorrectas en el ítem II.- Conductas.