Texto oficial
Artículo 4º.- Créase, en la Región Metropolitana, una Comisión Especial, integrada por miembros ad honórem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:
- Un Senador nombrado por el Senado de la República.
- Un Diputado nombrado por la Cámara de Diputados.
- Un representante de la familia Ayala.
- Un representante nombrado por la Sociedad de Fomento Fabril.
- Un representante del Instituto de Ingenieros de Chile.
- Un representante del Consejo de Monumentos Nacionales.
- Un representante del Colegio de Arquitectos de Chile A.G.
La Comisión elegirá un presidente de entre sus integrantes, y el quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.