Texto oficial
Artículo 7º.- Cada Oficina Macrozona Regional de la Agencia estará a cargo de un Jefe de Oficina Macrozona Regional, el cual será seleccionado por el Secretario Ejecutivo, de acuerdo a lo establecido en la ley Nº 20.529.
Establece las direcciones regionales de la superintendencia de educación y oficinas regionales de la agencia de calidad de la educación y define sus potestades, funciones y el ámbito geográfico que abarca cada una de ellas
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