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Artículo 2 de la Ley 20.620

Modifica ley nº 19.327, que fija normas para la prevención y sanción de hechos de violencia en recintos deportivos, con ocasión de espectáculos de fútbol profesional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1043725 / 9295737.

Texto oficial

Artículo 2º.- Sustitúyese, en el inciso cuarto del artículo 19 de la ley Nº 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, la frase "califique de alto riesgo para la seguridad pública, decretará la prohibición de expendio", por "determine que existe riesgo para la seguridad pública, decretará la prohibición de venta o entrega".