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Artículo 27 del Decreto 172

Aprueba el reglamento sobre tasas y derechos aeronauticos; deroga el decreto 124, de 5 de marzo de 1971, de aviacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 10452 · idParte: 8993239

Texto oficial

Artículo 27° El pago de las tasas por servicios a las aeronaves en ruta da derecho a los siguientes servicios: A. De comunicaciones; B. De radioayudas; C. De tránsito aéreo, y D. De aeródromo de alternativa. E. De Meteorología Aeronáutica.