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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 2960 BIS

Decreto Con Fuerza de Ley 2960 BIS

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1046667 / 9319145.

Texto oficial

Art. 2.o Esta repartición pública estará a cargo de un funcionario que tendrá el título de Contralor General de la República, el cual será nombrado por el Presidente de la República, a quien deberá dar cuenta del correcto desempeño de su cargo.