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Artículo 54 del Decreto Con Fuerza de Ley 2960 BIS

Decreto Con Fuerza de Ley 2960 BIS

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1046667 / 9319210.

Texto oficial

Art. 54. El Estado de operaciones efectuadas comprenderá las siguientes informaciones: a) El monto de rentas devengadas, clasificadas según el Presupuesto; b) El monto de gastos ordinarios, clasificados según los principales ramos o servicios del Gobierno; c) El excedente de las rentas sobre los gastos de administración, o bien el excedente de dichos gastos sobre las rentas; d) El total de pagos de intereses de la deuda pública; e) Lo invertido en adquisición de propiedades, clasificado de acuerdo con los principales ramos o servicios del Gobierno; f) El monto de la amortización de la deuda pública, clasificado según las diversas emisiones de bonos; g) El sobrante o déficit que resulte de la confrontación del total de rentas con el total de gastos e inversiones.