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Artículo 55 del Decreto Con Fuerza de Ley 2960 BIS

Decreto Con Fuerza de Ley 2960 BIS

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1046667 / 9319211.

Texto oficial

Art. 55. El Estado de rentas devengadas expresará el monto de las rentas clasificadas de acuerdo con el Presupuesto. El total debe estar de acuerdo con el monto total de las rentas que aparezcan en el estado de operaciones efectuadas.