Saltar al contenido

Artículo 15 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Crea el instituto laboral y de desarrollo social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1047375 / 9322858.

Texto oficial

Artículo 15.o- El personal del Instituto quedará afecto al régimen legal de los empleados particulares y normas del Código del Trabajo y sus leyes complementarias. Su régimen de previsión será el de la Caja de Previsión de Empleados Particulares.