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Artículo 14 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Crea servicio nacional del empleo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1047376 / 9323139.

Texto oficial

Artículo 14°- Para ser Director del Servicio Nacional del Empleo, Jefe del Departamento de Colocaciones, Jefe del Departamento de Estudio y Programación y Secretario General, será necesario haber realizado estudios universitarios completos o tener título universitario otorgado por la Universidad de Chile u otra reconocida por el Estado, o demostrar especial experiencia y conocimiento técnico en las materias específicas de dichos cargos.