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Artículo 20 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Crea servicio nacional del empleo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1047376 / 9323146.

Texto oficial

Artículo 20°- El Servicio Nacional del Empleo será el sucesor legal del Departamento del Empleo y de la Mano de Obra. Todas las instalaciones, bienes, equipos, muebles, vehículos y asignaciones presupuestarias del actual Departamento del Empleo y de la Mano de Obra de la Dirección del Trabajo, pasan a formar parte del patrimonio del Servicio Nacional del Empleo.