Saltar al contenido

Artículo 21 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Crea servicio nacional del empleo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1047376 / 9323147.

Texto oficial

Artículo 21°- El patrimonio del Servicio Nacional del Empleo estará constituido por lo señalado en el artículo anterior de este decreto con fuerza de ley, por los aportes que haga el Fisco y otras instituciones estatales, privadas, internacionales o de otra índole. El Fisco hará aportes, anuales a través de la Ley de Presupuestos.