Texto oficial
Artículo 5º: Las principales funciones de la
Secretaría Técnica serán las siguientes:
a) Citar al CIEE y a los Comités Sectoriales respectivos.
b) Elaborar las correspondientes actas de sesión, junto
con preparar todo el material necesario para las reuniones
del CIEE y Comités Sectoriales.
c) Coordinar el trabajo de los Comités Sectoriales.
d) Informar al CIEE en caso que la Estrategia Nacional de
Energía sufra modificaciones producto de actualizaciones de
los desafíos en materia de eficiencia energética.