Texto oficial
Artículo 13°.- Las Divisiones y Asesorías deberán consultar una copia de todo documento que se envíe a las Direcciones Regionales, debiendo la Oficina de Partes remitirla a la Oficina de Coordinación de Direcciones Regionales.
Aprueba reglamento orgánico de la superintendencia de electricidad y combustibles
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