Saltar al contenido

Artículo 19 del Decreto 174

Aprueba reglamento orgánico de la superintendencia de electricidad y combustibles

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 10481 · idParte: 8259665

Texto oficial

Artículo 19°.- Las Divisiones Técnicas de Electricidad y de Combustibles contarán con los Departamentos de Sistemas, de Productos y de Inspección.