Texto oficial
Artículo 27°.- El Departamento de Productos Eléctricos estará constituido por las Secciones de Certificación y de Instalaciones.
Aprueba reglamento orgánico de la superintendencia de electricidad y combustibles
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10481 / 8259679.