Texto oficial
Artículo 53°.- Las funciones, atribuciones y responsabilidades de esta Sección serán:
1.- Centralizar y mantener actualizados todos los antecedentes, decretos y resoluciones relativos a la vida funcionaria del personal;
2.- Proponer las resoluciones relativas a nombramientos, ascensos, comisiones, cometidos funcionales, feriados legales, licencias, permisos, traslados, asignaciones familiares y de antigüedad, etc., y velar por su total tramitación;
3.- Proponer los programas anuales para la capacitación del personal, orientar a los funcionarios respecto de sus derechos y beneficios y atender las solicitudes de interés particular, relacionadas con su vida funcionaria;
4.- Llevar la estadística de inasistencias y atrasos del personal y registros actualizados de las investigaciones y sumarios administrativos y de las pólizas de fianzas del personal sujeto a rendir caución;
5.- Velar por el estricto control de las asignaciones familiares, custodia de los antecedentes y cese de los beneficios en conformidad a la Ley;
6.- Confeccionar y mantener actualizado el escalafón del personal y proporcionar toda la información necesaria para su mejor distribución, de acuerdo a las aptitudes, capacidad y estudios que corresponda;
7.- Informar oportunamente, cuando corresponda, acerca de las causales de inhabilidad de los funcionarios precalificadores y calificadores, y prestar apoyo al Secretario de la Junta Calificadora en todas las etapas del proceso calificatorio;
8.- Mantener archivos actualizados de las diferentes instrucciones de Gobierno y de la Contraloría General de la República, de carácter permanente o transitorio, relativas a Personal, y
9.- Llevar un registro de todas las instrucciones impartidas por el Superintendente y velar por su cumplimiento.