Texto oficial
Art. 29. El 15 de setiembre próximo, a las 10 de la mañana, se reunirán en la Secretaría del Senado el sub-secretario del Interior, que presidirá, y los secretarios de ámbas Cámaras, con el objeto de verificar el escrutinio jeneral de la República, tomando como base las actas enviadas a la Secretaría del Senado por las mesas receptoras de las diversas localidades del país.
Esta comision funcionará hasta dar término al escrutinio, procediendo enseguida a levantar, por triplicado, un acta del resultado para remitir inmediatamente un ejemplar al Presidente de la República, archivando otro en el Senado y enviando el tercero al Archivo Histórico Nacional.