Texto oficial
Artículo 8. De Responsabilidad. Las labores deberán cumplirse conforme los términos de su descripción en la respectiva ficha de asignación de funciones, la que constará por escrito y con la adecuada especificidad. Asimismo, en su cumplimiento, deberán observarse los procedimientos establecidos y las instrucciones impartidas. Para ello, todos los documentos mencionados serán puestos anticipadamente en conocimiento de los obligados, quienes responderán administrativamente en caso de incumplimiento e/o inobservancia.