Texto oficial
Artículo 11. Estandarización de los procesos. Las actividades administrativas de la Corte de Apelaciones, con un detalle pormenorizado de la totalidad de las tareas y actuaciones que involucra, será descrito en los procedimientos de trabajo, los que, sancionados por la autoridad correspondiente, serán oportunamente publicados y notificados al personal directamente involucrado en su ejecución. Constituirá un objetivo de la organización, la estandarización de los procesos.