Texto oficial
Artículo 17. Mejoramiento continuo. Todos los ámbitos de la gestión administrativa serán desarrollados sobre la base del mejoramiento continuo, lo que se traduce en la necesidad de realizar una constante revisión de todos los procesos y/o procedimientos internos, a fin de mejorarlos, para tal efecto el Presidente, el administrador y las respectivas jefaturas generarán las condiciones que faciliten tal objetivo y los funcionarios de todos los niveles participarán, realizando las propuestas que estimen pertinentes.