Texto oficial
Artículo 33. El escrito de observación o
reclamación, presentado en conformidad al artículo 18 de
la Ley, deberá contener, al menos, lo siguiente:
a) Identificación del reclamante o de la persona que
actúa en su nombre, indicando nombre completo, Rol Único
Tributario o cédula de identidad y teléfono.
b) Domicilio donde se le debe notificar.
c) Identificación del área objeto de la solicitud de
concesión o licitación pública.
d) Identificación del título jurídico que lo legitima
activamente para observar o reclamar, de aquellos señalados
en el artículo 18 de la Ley.
e) Precisar las reclamaciones y fundamentos de hecho y/o
de derecho de la presentación, con concreta mención de
aquello que les cause perjuicio y la forma en que se les
produce éste.
f) Acompañar los documentos que fundamenten las
observaciones o reclamaciones.
g) Firma del reclamante o de su representante legal.