Texto oficial
Artículo 12°: Las modificaciones al Plan de Gestión Anual producirán todos sus efectos legales una vez que se cumplan en lo pertinente las formalidades y procedimientos que se señalan en el artículo 6° y 11° de este Reglamento.
Aprueba reglamento para la elaboración de los planes de gestión anual de las empresas portuarias estatales creadas por la ley n° 19.542 y deroga decreto n° 104, de 2001, de los ministerios de transportes y telecomunicaciones y de hacienda
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1049676 / 9340267.