Texto oficial
Art. 52. Las personas que tengan copias autorizadas de
las matrices estarán obligadas a presentarlas al tribunal,
y en caso de negarse a ello, podrán ser compelidas por la
fuerza.
Decreto-lei n.o 407, sobre nombramiento, instalacion, subrogacion, atribuciones y obligaciones de los notarios.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1051659 / 9358211.