Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 20.679

Permite al padre y a la madre, indistintamente, abrir cuentas de ahorro a favor de sus hijos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1052273 / 9361918.

Texto oficial

Artículo 2º.- Agrégase al artículo 35 del decreto ley Nº 2.079, del Ministerio de Hacienda, del año 1978, un inciso final del siguiente tenor: "Con independencia de quien tenga la patria potestad, la madre también podrá abrir cuentas de ahorro a favor de su hijo menor de edad.".".