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Artículo 12 del Decreto 14

Aprueba reglamento para la determinación del caudal ecológico mínimo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1053200 / 9367036.

Texto oficial

Artículo 12°.- La fijación del caudal ecológico es sin perjuicio de lo que puedan establecer otras autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias.