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Artículo 50 del Decreto Ley 355

Decreto Ley 355

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1053231 / 9369031.

Texto oficial

Art. 50. Para ser oficial técnico de la Division se necesita ser médico cirujano y acreditar en concurso competencia especial en las actividades de su puesto.