Texto oficial
"Artículo 1.o Autorízase a la Municipalidad de Lanco para contratar directamente con el Banco del Estado u otras instituciones de crédito, uno o más empréstitos que produzcan hasta la suma de dos millones de pesos ($ 2.000.000), que devenguen un interés no superior al 10% al año y que deberán ser amortizados en un plazo no superior a cinco años.