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Artículo 164 del Decreto 40

Aprueba reglamento del sistema de evaluación de impacto ambiental

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1053563 / 9370000.

Texto oficial

Artículo 164.- Ingreso voluntario. El titular que someta voluntariamente un proyecto o actividad al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, quedará sujeto a las cargas y obligaciones que se establecen en la Ley y en el presente Reglamento.