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Artículo 169 del Decreto 40

Aprueba reglamento del sistema de evaluación de impacto ambiental

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1053563 / 9370005.

Texto oficial

Artículo 169.- Informes Adicionales. El Servicio podrá requerir a los organismos de la Administración del Estado informes adicionales a los regulados expresamente en este Reglamento, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley Nº 19.880, con la finalidad de garantizar los principios de eficiencia, eficacia, coordinación y unidad de acción del procedimiento administrativo de evaluación ambiental.