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Artículo PRIMERO del Decreto 29

Establece norma de emisión para incineración, coincineración y coprocesamiento y deroga decreto nº 45, de 2007, del ministerio secretaría general de la presidencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1054148 / 9374048.

Texto oficial

Artículo primero: Las instalaciones a que se refiere este decreto, que hayan dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 12 del DS Nº 45, de 2007, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, con anterioridad a la vigencia del presente decreto, estarán exentos de cumplir con lo dispuesto en el artículo 12 del mismo, con excepción de lo dispuesto en el inciso final.