Saltar al contenido

Artículo 8 de la Ley 20.693

Pone término a la existencia legal de la empresa de abastecimiento de zonas aisladas (emaza)

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1054660 / 9376085.

Texto oficial

Artículo 8º.- Pónese término al Servicio de Bienestar de la Empresa de Abastecimiento de Zonas Aisladas. Los ex trabajadores de la Empresa que, a la fecha de publicación de esta ley, sean afiliados al Servicio de Bienestar de la Empresa de Abastecimiento de Zonas Aisladas serán incorporados, por el solo ministerio de la ley, al Servicio de Bienestar del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.