Texto oficial
Art. 23. Las aguas que se recojan en los fosos i provengan de las lluvias, tendrán su salida por bajo de puentes o por encima de calzadas empedradas, según lo permita el terreno.
Titulo xi. obras publicas. caminos, canales, puentes i calzadas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1054857 / 9377489.