Texto oficial
Artículo 32º.- La Comisión sesionará en las
dependencias del Ministerio de Salud con la periodicidad que
se determine por su presidente, pudiendo ser también
convocada en forma extraordinaria.
Contará con una coordinación ejecutiva, a cargo de la
Coordinadora Nacional de Trasplante, a la que le
corresponderá la coordinación operativa del trabajo de la
Comisión y la implementación de los acuerdos que adopte.
La Comisión podrá requerir, a través de su
presidente, la colaboración de determinados expertos con el
fin de obtener la asesoría técnica específica que sea
necesaria.