Texto oficial
Artículo 1°: Las normas contenidas en el presente
reglamento serán aplicables a todas las entidades de
Educación Superior que perciben el aporte fiscal que
establece al Artículo 2° del D.F.L. N° 4 de 1981 del
Ministerio de Educación, sin perjuicio de las disposiciones
legales vigentes y de los antecedentes que les soliciten los
organismos públicos competentes.