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Artículo 8 de Auto Acordado 198

Auto acordado sobre gestión y administración de la ilustrísima corte de apelaciones de copiapó

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1056508 / 9387090.

Texto oficial

Artículo 8. De Responsabilidad. Los funcionarios de la Corte de Apelaciones de Copiapó deberán cumplir oportunamente con las funciones concernientes a su posición contenidas en las respectivas fichas de descripción de cargo y en los manuales de procedimiento, instrumentos los cuales se notificarán personalmente a cada funcionario.