Texto oficial
Artículo 4°.- Agrégase el siguiente inciso tercero en el artículo 15 de la ley N° 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública:
"Asimismo, deberán otorgar apostillas en conformidad a lo establecido en la Convención de La Haya que Suprime la Exigencia de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros, en los certificados de estudios básicos, medios o superiores y documentos que acreditan puntajes obtenidos en evaluaciones de selección universitaria, de su competencia.".